CONSEJO DIRECTIVO

      El Consejo Directivo de Cornare estará integrado por:

  1. El Gobernador del departamento de Antioquia o su delegado, quien lo presidirá;
  2. Un (1) representante del Presidente de la República;
  3. Un (1) representante del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible;
  4. Cuatro (4) alcaldes de los municipios de la jurisdicción de la Corporación, elegidos por la Asamblea Corporativa para periodos de un (1) año, por el sistema de cuociente electoral, de manera que queden representadas las diferentes subregiones;
  5. Dos (2) representantes del sector privado, elegidos por la Asamblea Corporativa para periodos de tres (3) años;
  6. Dos (2) representantes de las de las entidades sin animo de lucro, que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de Cornare y cuyo objetivo sea la protección del medio ambiente o recursos naturales renovables, para periodo de tres (3) años y su elección se hára de conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 99 de 1993;

Son funciones del Consejo Directivo de Cornare:

  • Proponer a la Asamblea Corporativa la Adopción de los Estatutos Corporativos y de sus reformas;
  • Determinar la planta de personal de la Corporación;
  • Disponer la participación de la Corporación en la constitución y organización de sociedades o asociaciones y fundaciones o el ingreso a las existentes;
  • Dictar normas adicionales, a las legalmente establecidas sobre el estatuto de contratación de la entidad, y autorizar al Director General la celebración de contratos que excedan los mil cuatroscientos (1.400 s.m.l.m.v.);
  • Autorizar la contratación de recursos del crédito;
  • Determinar la estructura interna de Cornare, por lo cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias y asignarles responsabilidades conforme a la ley;
  • Aprobar la incorporación o sustracción de áreas o distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelos, reservas forestales, parques naturales de carácter regional y reglamentar su uso y funcionamiento;
  • Autorizar la delegación de funciones de la Corporación;
  • Aprobar el Plan general de actividades, el presupuesto anual de ingresos y gastos con recursos propios, y el programa de inversiones de la Corporación;
  • Nombrar conforme a la ley y sus decretos reglamentarios, o remover por la mayoría exigida en los estatutos, al Director General de la Corporación;
  • Dirigir la Corporación, administrar su patrimonio y adoptar las medidas conducentes al cumplimiento de sus objetivos, de conformidad con los Estatutos y las determinaciones de la Asamblea Corporativa;
  • Autorizar al Director General para delegar funciones en otros funcionarios de la entidad;
  • Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, las decisiones de la Asamblea Corporativa y sus propias determinaciones;
  • Aprobar el Plan de Acción Corporativo, y el Plan de Gestión Ambiental Regional, que fuesen presentados por  por parte del Director General;
  • Autorizar las comisiones al exterior de los empleados de la Corporación;
  • Las demás que le otorguen la ley, los Estatutos o la Asamblea Corporativa.

Para la elección de los representantes del sector privado ante el Consejo Directivo, el Director General publicará en un diario de amplia circulación en la jurisdicción de Cornare por una (1) sola vez, y en la página web de la entidad, una convocatoria a todas las entidades gremiales o asociativas del sector privado legalmente constituidas y que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de la Corporación, para que postulen un candidato por cada entidad ante el Consejo Directivo.

El aviso de convocatoria deberá contener información relativa a los requisitos exigidos para participar en la postulación de candidatos, el  lugar, fecha y hora límite en la que se recepcionará la documentación requerida; y la fecha, hora y lugar para la celebración de la Asamblea Corporativa en que se realizará la elección.

Las entidades del sector privado que aspiren a postular candidatos, allegarán a la Secretaría General de Cornare, con mínimo diez (10) días calendario anteriores a la fecha establecida para la Asamblea Corporativa de elección.

El Director General presentará en ante la Asamblea Corporativa el informe de evaluación del proceso de convocatoria y someterá a su consideración la lista de condidatos elegibles. Luego de surtido lo anterior, la Asamblea Corporativa procederá a elegir los representantes del sector privado ante el Consejo Directivo, resultando elegido los dos (2) candidatos que obtengan el mayor número de votos.

La elección de representantes de entidades sin ánimo de lucro asentadas en el territorio comprendido dentro de la jurisdicción de Cornare, se hará las formas, requisitos y procedimientos que se encuentren vigentes, o que para el efecto expida el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible