PLAN DE ORDENAMIENTO DEL RECURSO HÍDRICO – PORH 

“El Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico- PORH es el instrumento de planificación que permite en ejercicio de la autoridad ambiental, intervenir de manera sistémica los cuerpos de agua para garantizar las condiciones de calidad y cantidad requeridas para el sostenimiento de los ecosistemas acuáticos y los usos actuales y potenciales de dichos cuerpos de agua” (Guía Técnica para la Formulación de Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico- MADS, 2014).

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1076 de 2015 (artículo 2.2.3.3.1.4), las Autoridades Ambientales deben realizar el Ordenamiento del Recurso Hídrico con el fin de determinar la clasificación de las corrientes hídricas, fijar en forma genérica su destinación a los diferentes usos y las posibilidades de aprovechamiento.

Entiéndase el Ordenamiento del Recurso Hídrico como un instrumento de Planificación para la Gestión de la Calidad de los cuerpos de agua, mediante el cual le corresponde a la Autoridad Ambiental:

1. Establecer la clasificación de las aguas.
2. Fijar su destinación y sus posibilidades de uso.
3. Definir los objetivos de calidad a alcanzar en el corto, mediano y largo plazo.
4. Establecer las normas de preservación de la calidad del recurso.
5. Determinar los casos en que deba prohibirse el desarrollo de actividades en toda la fuente o en sectores de ella.
6. Fijar las zonas en las que se prohibirá o condicionará la descarga de aguas residuales.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.3.3.1.8. del Decreto 1076 de 2015: relacionado con la declaratoria, diagnóstico, identificación de usos potenciales y la elaboración del plan de ordenamiento del recurso hídrico, CORNARE presenta a todos sus usuarios y la comunidad en general, el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico-PORH, adoptado por la Corporación mediante la Resolución 112-5304 del 26 de Octubre de 2016 y que fue priorizado para las fuentes receptoras de vertimientos de los 26 Municipios, por un período de 10 años, en el que también se definen las líneas estratégicas y los proyectos para su ejecución en el corto, mediano y largo plazo.

DOCUMENTOS 

SEGUIMIENTO

  • Resolución 112-4160-2019 del 01/11/2019 "Por medio de la cual se adopta el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico del Río Aburrá-Medellín, perteneciente a la Cuenca Hidrográfica del Nivel subsiguiente Río Aburrá – NSS (2701-01), en jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá – AMVA, la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare – CORNARE – y la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia – CORANTIOQUIA”