El Director General es el representante legal de la Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Negro y Nare, y su primera autoridad ejecutiva. El Director General no es agente de los integrantes del Consejo Directivo y actuará a nivel regional con autonomía técnica, consultando la Política nacional. Atenderá las orientaciones y directrices de los entes territoriales, de los representantes de la comunidad y del sector privado que sean dados a través de los órganos de dirección.

 

Javier Valencia González fue elegido por mayoría absoluta como el nuevo Director General de la Corporación Autónoma Regional, Cornare, para el periodo 2024-2027. Su elección se llevó a cabo por el Consejo Directivo de la Corporación durante sesión realizada este 30 de octubre en la sede principal de la Entidad.

Valencia González obtuvo 9 votos a su favor por parte de los consejeros (Gobernación de Antioquia, 4 alcaldes en representación de los 26 alcaldes de la jurisdicción, 2 representantes de ONG ambientales, 2 representantes del sector privado), mientras que los delegados de la Presidencia de la República y el Ministerio de Ambiente se abstuvieron de votar por alguno de los candidatos.

Javier Valencia es Comunicador Social – Periodista, Especialista en Derecho Ambiental, Especialista en Gerencia y Máster MBA en Dirección de Empresas, además, cuenta con diferentes Diplomados, Seminarios y actualizaciones a nivel profesional.

Hace 29 años Javier ingresó a Cornare a realizar sus prácticas profesionales y a partir de 1997 (26 años) ha sido siempre parte del personal directivo de libre nombramiento y remoción de manera ininterrumpida, desempeñándose en diferentes cargos, entre ellos, como Jefe de la Oficina de Comunicaciones,  Director General encargado en diferentes oportunidades, Subdirector de Servicio al Cliente y Gerente de la Política de Transparencia y Anticorrupción de la Corporación.

Documentos  Publicación de las Declaraciones de Bienes, Renta y el Registro de los Conflictos de Interés

Defínanse para la Dirección General la relación de funciones determinadas en la Ley 99 de 1993, sus decretos reglamentarios y los estatutos de la Corporación, las cuales cumplirá a través del establecimiento de directrices y políticas que se materializan en la ejecución de estrategias, programas y proyectos.

  • Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Corporación y ejercer su representación legal;
  • Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos de la Asamblea Corporativa y el Consejo Directivo;
  • Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo, los planes y programas que se requieren para el desarrollo del objeto de la Corporación, el proyecto de presupuesto anual de rentas y gastos, así como los proyectos de organización administrativa y de planta de personal de la misma;
  • Presentar al Consejo Directivo para su aprobación los proyectos reglamentarios interno;
  • Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones, celebrar los contratos y convenios que se requieren para el normal funcionamiento y el logro de los objetivos y funciones de la entidad. El Director General podrá celebrar, sin autorización previa del Consejo Directivo, contratos o convenios cuya cuantía no exceda los mil cuatroscientos (1400 s.m.l.m.v.) como aporte de Cornare;
  • Constituir mandatarios o apoderados que representen a la Corporación en asuntos judiciales o litigiosos y demás actuaciones que lo requieran;
  • Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de funciones, previa autorización del Consejo Directivo;
  • Nombrar y remover el personal de la Corporación;
  • Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la Corporación;
  • Rendir informes al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, en la forma que este lo determine, sobre el estado de ejecución de las funciones es que corresponden a la Corporación y los informe generales y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades desarrolladas y la situación general de la entidad;
  • Presentar al Consejo Directivo los informes que le sean solicitados sobre la ejecución de los planes y programas de la Corporación, así como sobre su situación financiera, de acuerdo con los Estatutos

Para ser nombrado Director General de Cornare, el aspirante debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. Titulo profesional universitario;
  2. Título de formación avanzada de posgrado o tres (3) años de experiencia profesional;
  3. Experiencia profesional de cuatro (4) años adicionales a los requisitos establecidos en el literal anterior, de os cuales por lo menos uno (1) debe ser en actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales renovables o haber desempeñado el cargo de Director General de Corporación Autónoma Regional;
  4. Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la ley.

Al Director General se le aplicará el régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto para los Directores de las entidades descentralizadas del orden nacional.

El Director General tiene la calidad de empleado público, sujeto al régimen de la Ley 99 de 1993, el Decreto 1768 de 1994, y en lo que sea compatible con las disposiciones aplicables a los servidores públicos del orden nacional.

El Director General será designado por el Consejo Directivo para el período que determine la ley, conforme a las normas y procedimientos establecidos en la misma; y podrá ser reelegido. Hasta tanto tome posesión de su cargo la persona que haya sido designada como Director General, quien venía desempeñando el cargo continuará ejerciéndolo.

El proceso y acto de nombramiento del Director General, no está sujeto a notificaciones, recursos y a las normas del Código Contencioso Administrativo, por corresponder a una facultad de libre designación y nombramiento por parte del Consejo Directivo.

El Director General tomará posesión de su cargo ante el Presidente del Consejo Directivo de la Corporación, y en su defecto y de manera excepcional ante un notario o juez del municipio del domicilio principal de la entidad, previo el lleno de los requisitos legales exigidos.

Parágrafo: Las certificaciones sobre representación legal y vigencia del nombramiento del Director General de la Corporación, serán las expedidas por la Secretaría del Consejo Directivo o la dependencia que haga sus veces.