PLAN DE CONTINGENCIA PARA EL MANEJO DE DERRAMES DE HIDROCARBUROS O SUSTANCIAS NOCIVAS

Conforme con el "Acuerdo de Concertación de Acciones Ambientales Conjuntas por Antioquia" firmado entre las autoridades ambientales del Departamento, bajo el liderazgo de Cornare y el concurso del Área Metropolita del Valle de AburráCorantioquia y Corpourabá, se diseñaron los Términos de Referencia para la elaboración del:
"Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas"Cada autoridad ambiental del país debe elaborar los términos respectivos para poner a disposición de sus usuarios, pero en Antioquia serán unos Términos Únicos, gracias a este Acuerdo de entendimiento entre las cuatro autoridades ambientales, comprometidas con el desarrollo de una gestión ambiental integral del Departamento. Ver términos de referencia: "Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas". (Formato PDF – Tamaño 575 KB)
"Quiénes debe presentar estos Planes?
Art. 35 Decreto 3930 de 2010: "los usuarios que exploren, exploten, manufacturen, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias nocivas para la salud y para los recursos hidrobiológicos, deberán estar provistos de un plan de contingencia y control de derrames, el cual deberá contar con la aprobación de la autoridad ambiental competente".
Frente al transporte
Cuando el transporte comprenda la jurisdicción de más de una autoridad ambiental, el mininisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenibles definirá la autoridad ambiental que debe aprobar el Plan de Contingencia.
Frente al cargue
La Resolución 1401 de 2012 artículo primero, define que para la actividad de transporte por cualquier medio de hídrocarburo o sustancias nocivas, que comprenda la jurisdicción de más de una autoridad ambiental, es la ambiental en cuya jurisdicción se realice el cargue de hidrocarburos o sustancias nocivas, la competente para aprobar el respectivo Plan de Contingencia, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo tercero del Decreto 4728 de 2010.
Obligaciones del usuario frente al plan de contingencia
La Resolución 1401 de 2012 en su artículo segundo establece que: "el acto administrativo que apruebe el Plan de Contingencia para el Manejo de Derrames de Hidrocarburos o Sustancias Nocivas, la autoridad ambiental competente deberá incluir como mínimo la obligación en cabeza del usuario de entregar copia del Plan de Contingencia aprobado a cada una de las autoridades ambientales en cuya jurisdicción se llleven a cabo las actividades de transporte comprendidas en e respectivo Plan de Contingencia aprobado, junto con una copias del acto administrativo que aprueba el respectivo Plan de Contingencia".
Requiere permiso de vertimientos?
Este trámite no siempre va articulado a tener permiso de vertimientos, sin embargo la Corporación al momento de evaluar el Plan de Contingencia determinará si requiere o no tramitar dicho permiso.
Pago requeridos
El interesado deberá informar en la solicitud del permiso el valor del proyecto, ver lineamientos Costos o Valoración del Proyecto y con base en esto la Corporación procederá a elaborar la cuenta de cobro por el valor a pagar por el trámite. Lo anterior dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 344 de 1996, modificado por el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, para lo cual la Corporación expidio la Resolución 112-1220 del 01 de abril de 2013  "por la cual se reglamenta el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de licencias, permisos, autorizaciones y demás instrumentos de administración, control y manejo ambiental y se dictan otras disposiciones". Ver: tarifas cobro trámites ordinarios jurisdicción Cornare Resolución 112-1818 del 08 de mayo de 2015.
Traspaso del Permiso
  • Para que el permisionario pueda traspasar, total o parcialmente el permiso, debe solicitar por escrito a Cornare la autorización de traspaso, la cual se definirá mediante acto administrativo.
  • Además se deberá aportar copia de contrato de cesión y fotocopia de las cedulas de cesionario y cedente.